Nuevos tiempos, nueva normativa. La llegada a la ciudad del patinete eléctrico como medio de transporte ha supuesto a nivel legislativo un cambio de orientación que nace bajo la tentativa de apuntalar una buena convivencia entre los diferentes usuarios de la vía pública.
El motivo, que no es otro que el de obtener un entorno más seguro, cuenta con el papel de las administraciones locales para fijar el rumbo a golpe de ordenanza.

A partir de tales antecedentes, el ayuntamiento de Barcelona ha sido el primero en pronunciarse al respecto de manos de la iniciativa del partido político Ciudadanos.
A través de sesión plenaria, esta administración aprobaba unánimemente hace cosa de un mes la modificación de su ordenanza relativa a los usuarios de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), exigiéndole a estos el uso del casco, la incorporación de accesorios reflectantes y la contratación de un seguro de responsabilidad civil, entre otras cosas.
Si la movilidad urbana es propensa a ser objeto de discordia entre las diferentes fuerzas políticas, el patinete eléctrico ha sido el encargado de romper esta tendencia.
La contratación de seguros para patinetes eléctricos surgió hace ya algo más de dos años, aunque es ahora, toda vez que el panorama normativo lo exige, cuando empieza a estar en boca de todos los usuarios.
El estallido del uso de los vehículos de movilidad personal que ha traído consigo la época de la pandemia ha disparado las ventas de este tipo de transporte, lo que ha provocado que el papel de las aseguradoras sea crucial dentro un nuevo marco legislativo.
Por su parte, la acogida de los usuarios no está siendo precisamente buena, pues entienden que el uso obligatorio de estos elementos debe provenir del dictamen de la Dirección General de Tráfico y no del consistorio de la ciudad. Cabe recordar que las tarifas que se manejan en la contratación de seguros para patinetes eléctricos oscilan entre los veinte y los ochenta euros, dependiendo del tipo de póliza.
Habrá que ver si el resto de ayuntamientos sigue por este sendero.
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El texto incide en la intensificación del papel de la policía local de Barcelona
El contenido de la modificación incorpora además algunos aspectos de cierta relevancia. Ejemplo de ello lo podemos ver en la intención expresa de aumentar la difusión de esta nueva normativa a fin de crear una mayor conciencia vial, por no hablar de la voluntad de reforzar la actuación de la Guardia Urbana para que se cumpla con lo establecido.
Así, desde el área de Seguridad del ayuntamiento manifiestan que la idea pasa por endurecer las sanciones pertinentes, siempre bajo el propósito de garantizar la normalidad y la convivencia.
En este sentido, el consistorio estudia ya la fórmula legal para llevar a cabo el decomiso de patinetes eléctricos a quienes cometan incumplimientos graves de la ordenanza contra el resto de viandantes. El laboratorio de ideas está en marcha.
Pero si la noticia no termina de ser gráfica, es mejor recurrir a los datos: la Guardia Urbana sancionó el pasado año a ocho mil usuarios de patinetes eléctricos, sólo el doble de lo que se registró en 2021 hasta el mes de abril.
Tras la modificación de un reglamento estatal incompleto
Se trata de una medida que llega después de que a finales del pasado año el gobierno aprobara la denominada modificación del Reglamento General de Vehículos, una actualización que añade por primera vez una norma unificada en todo el territorio español.
Estamos ante un decreto que pone fin a la diversidad de criterios, ya que cada administración local mantenía hasta la fecha el suyo propio en materia de VMP.
A pesar de ello, este nuevo reglamento, que comenzó a aplicarse el pasado mes de enero, no ha traído consigo la solución que se esperaba con respecto al escenario de los patinetes eléctricos, situados en el epígrafe de Vehículos de Movilidad Personal.
No en vano, el documento no especifica que los usuarios de este tipo de transporte deban tener un seguro o llevar casco obligatoriamente.
En consecuencia, ante el vacío legislativo que se plantea, siguen siendo los ayuntamientos, como hemos visto en el caso del de Barcelona, quienes deciden qué criterios aplicar en cada circunstancia.
A nivel nacional, continúa vigente la normativa que abrió este 2021 para los usuarios de los patinetes eléctricos, en la que se recogen aspectos como la prohibición de circular sobre el acerado y las zonas peatonales, a través de túneles urbanos y por autovías y autopistas que transcurran dentro del pueblo.
De igual modo, tampoco es legal conducir estos patinetes tras haber consumido alcohol o drogas por encima de lo permitido, manipulando un teléfono móvil, usando audífonos o incluyendo algún acompañante durante el trayecto.
Las autoridades lo dejan claro: quebrantar cualquiera de estas normas lleva aparejada la sanción correspondiente.
Conviene recordar
El documento, que no admite titubeos, establece una definición muy nítida sobre lo que se considera un vehículo de movilidad personal: es aquel que está provisto de una o más ruedas, que cuenta con una sola plaza y que está impulsado únicamente por motores eléctricos dotados para suministrar al vehículo una velocidad máxima situada entre los seis y los veinticinco kilómetros por hora.
Asimismo, este sólo puede incluir un asiento que integre un mecanismo de autoequilibrado, excepto si se trata, eso sí, de un vehículo diseñado para usuarios con movilidad reducida.
Aunque en la actualidad sigue siendo posible conducir este tipo de vehículos sin tener un carnet para ello, la Dirección General de Tráfico podría estar evaluando la posibilidad de exigir a los usuarios de los patinetes eléctricos un mínimo de formación y una edad a partir de los cuales poder rodar con este medio de transporte en la vía pública.
De igual modo, desde el Real Automóvil Club de Cataluña (RACC) consideran que para poder desplazarse adecuadamente con este tipo de vehículos sería recomendable hacerlo con unas nociones elementales sobre circulación y seguridad vial.